Resolución N° 26/25/0113
Nro de Expediente:
2025-3240-98-000067
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/2/2025


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar a la firma ESQUERRE ESTILISTAS SAS., RUT Nº 219 513 940 018, responsable del establecimiento destinado apeluquería, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº3465, una multa de U.R. 5 por falta de Habilitación de Microemprendimiento

Montevideo, 12 de Febrero de 2025.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a peluquería, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº3465, responsabilidad de la firmae ESQUERRE ESTILISTAS SAS., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219 513 940 018, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 se pudo comprobar que carecía de Habilitación de Microemprendimiento, intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y al incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco), a la firma motivo de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO:1º) que mediante expediente caratulado con el Nº 2024-3240-98-000561 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 5 de febrero de 2025 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar a la firma ESQUERRE ESTILISTAS SAS., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219 513 940 018, responsable del establecimiento destinado apeluquería, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº3465, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de Microemprendimiento y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase- por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Mónica Amado.-,Alcalde.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-