Resolución N° 323/12/0113
Nro de Expediente:
3240-011822-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.6,4776 y otra de U.R 9,8940 a la firma DISTRIBUIDORA PEMI S.R.L., R.U.T.:214869800011, establecimiento destinado a venta de raciones y accesorios, sito en Av. General Flores Nº 2863,

Montevideo, 11 de Setiembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a venta de raciones y accesorios, sito en Av. General Flores Nº 2863, propiedad de la firma DISTRIBUIDORA PEMI S.R.L., R.U.T.:214869800011, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales) y de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R. 6,4776 y otra de U.R 9.8940, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.6,4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientos setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R 9,8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas), a la firma DISTRIBUIDORA PEMI S.R.L., R.U.T.:214869800011, responsable del establecimiento destinado a venta de raciones y accesorios, sito en Av. General Flores Nº 2863, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas


      en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal