Resolución N° 158/17/0113 | Nro de Expediente:
2017-3380-98-000348.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
2/8/2017 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar una multa de UR 3 a la firma ZEUMA SA, RUT: 211411260012, destinado a taller de calzado - artículos en cuero, sito en Avda Agraciada Nº 2447. Expediente: 2017-3380-98-000348.-
Montevideo, 2 de Agosto de 2017.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Taller de Calzados- artículos en cuero, sito en Av. Agraciada Nº 2447, propiedad de la firma ZEUMA SA, RUT: 211411260012, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, informa que el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de Habilitación Municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - SIME), por lo que solicita imponer una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres), según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma ZEUMA SA, RUT: 211411260012, destinada a Taller de Calzados- artículos en cuero, sita en Av. Agraciada Nº 2447, con igual domicilio a efectos legales, una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres) por no presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitación Municipal- Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas- SIME).-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Carlos Curbelo,Concejal | |
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