Resolución N° 82/12/0113
Nro de Expediente:
3240-002676-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/4/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Arenal Grande Nº 2389, propiedad de la Firma Ladenix S.A., RUT: 214535530016, U.R 4.9470

Montevideo, 17 de Abril de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a venta de ropa mayorista, sito en la calle Arenal Grande Nº 2389, propiedad de la Firma Ladenix S.A., RUT: 214535530016, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R 4.9470, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a la Firma Ladenix S.A., RUT: 214535530016, propietario del establecimiento destinado a venta de ropa mayorista, sito en la calle Arenal Grande Nº 2389, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la




      notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora - librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal