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| Resolución N° 266/18/0113 | Nro de Expediente:2018-3380-98-000407.-
 
 |  | MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:24/10/2018
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 Tema:
 MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS
 
 Resumen:
 Aplicar una multa de UR 6 y UR 10 a la firma AUTOSTORE, RUT: 020521790012 (destinado a Taller Mecánico y Pulidos) , sito en la calle Jujuy Nº 2719, por falta de Habilitaciones Municipales ( Servicio Contralor de la Edificación-  sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y habilitación de la DNB-  expediente: 2018-3380-98-000407.-
 
 
 
|  Montevideo, 24 de Octubre de 2018.- |  
| VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Taller mecánico y pulidos, sito en la calle Jujuy Nº 2719, propiedad de la firma AUTOSTORE, RUT: 020521790012, con igual domicilio a los efectos legales; RESULTANDO: 	1º)  que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en  el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
 2º) que ante el incumplimiento  de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de  UR 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de UR 10 (Unidades Reajustables diez),  a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 ;
 CONSIDERANDO:	1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
 2º)  las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
 EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C1.- Aplicar a la firma AUTOSTORE, RUT: 020521790012, responsable del establecimiento destinado a Taller mecánico y pulidos, sito en la calle Jujuy Nº 2719, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis) por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y otra de UR 10 (Unidades Reajustables diez) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local  .-RESUELVE:
 2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación,  la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes  .-
 3.-  Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al  Servicio Centro Comunal Zonal N º 16 .-
 |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Susana Rodriguez,Alcaldesa.- Carlos Curbelo,Concejal |  |  |  |