Resolución N° 48/22/0113
Nro de Expediente:
2020-3380-98-000415
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/4/2022


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar a la firma unipersonal PEDRO BOGADO PARODI C.I: 2.638.509-6, R.U.T.: 217372440018, sito en la calle Santa Fe Nº 1201. Expediente: 2020-3380-98-000415.-

Montevideo, 20 de Abril de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la via pública;
    RESULTANDO: 1º) que la firma unipersonal PEDRO BOGADO PARODI C.I: 2.638.509-6, R.U.T.: 217372440018, propietario del establecimiento destinado a pizzería y rotisería, sito en la calle Santa Fe Nº 1201, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, para que se autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado;
    2º) que en actuación Nº 16 del expediente de obrados se desprende que en inspección realizada se constató que la realidad difiere de lo graficado generando incumplimientos a la normativa, por lo que se intimó a la firma de marras a levantar las observaciones planteadas;
    3º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la apliccaión de una multa de 5 UR (Unidades Reajustables Cinco), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por los Decretos Nº 21626 y Nº 32082;
    CONSIDERANDO : 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas
    por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;

    EL GO0BIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma unipersonal PEDRO BOGADO PARODI C.I: 2.638.509-6, R.U.T.: 217372440018, sito en la calle Santa Fe Nº 1201, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 5 (Unidades Reajustables Cinco) por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala