Resolución N° 13/23/0113
Nro de Expediente:
2022-3380-98-000487.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/2/2023


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDA

Resumen:
Aplicar a la firma ALBA MARGARITA DOMANGE SPINELLI, C.I: 1.268.641-4, sito en la calle Santa Fé Nº 1208, una multa de U.R. 8.-

Montevideo, 1 de Febrero de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de la vereda mediante instalación de estructura sin autorización frente a la calle Santa Fé Nº 1208, responsabilidad de la firma ALBA MARGARITA DOMANGE SPINELLI, C.I: 1.268.641-4, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas y pese al plazo concedido, no se ha procedido a dar cumplimiento a lo intimado mediante Orden de Servicio Nº 34574;
    2º) que ante el incumplimiento el servicio centro Comunal Zonal Nº 16 solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la empresa titular de obrados por transgredir lo previsto en el Artículo 2º 11. de la Resolución Nº 2287/13;
    CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 25 de enero de 2023, procede a proveer de conformidad a la presente multa;
    2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    3º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:

    1.- Aplicar a la firma ALBA MARGARITA DOMANGE SPINELLI, C.I: 1.268.641-4, sito en la calle Santa Fé Nº 1208, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 .-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala