Resolución N° 338/19/0113
Nro de Expediente:
2018-3380-98-000460.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/12/2019


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar UR 40 a la firma COSERPRO S.A., RUT: 180239930015, responsable de la finca ubicada en la calle Eduardo Dionisio Carbajal Nº 2893, por falta de Barrera reglamentaria. Expediente: 2018-3380-98-000460.-

Montevideo, 4 de Diciembre de 2019.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de cerco o barrera reglamentaria de la finca sita en la calle Eduardo Dionisio Carbajal Nº 2893, responsabilidad de la firma COSERPRO S.A., RUT: 180239930015, con domicilio a los efectos legales en Río Grande Nº 880;
    RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se constató la falta de cerco o barrera reglamentaria;
    2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 40 (Unidades Reajustables cuarenta) al titular de obrados por infracción a lo establecido en el Decreto 21.626, Sección II, Artículo 3º, literal 3, Inciso A;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas Departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de UR 40 (Unidades Reajustables cuarenta) a la firma COSERPRO S.A., RUT: 180239930015, propietario de la finca ubicada en la calle Eduardo Dionisio Carbajal Nº 2893, con domicilio a los efectos legales en Río Grande Nº 880, por falta de barrera reglamentaria.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de esta Municipio, para la notificación al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Jorge Cabrera,Alcalde (I).-

Carlos Curbelo,Concejal