Resolución N° 60/19/0113
Nro de Expediente:
2018-3380-98-000231.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/3/2019


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 8 a la firma TATA SA, RUT: 210003270017 (destinado a Supermercado), ubicado en la calle Av. Agraciada Nº 2560, por no presentar permiso de cartelería ante el servicio. Expediente: 2018-3380-98-000231.-

Montevideo, 27 de Marzo de 2019.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de permiso de cartelería, del establecimiento destinado a supermercado, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2560, propiedad de la firma TATA S.A., RUT: 210003270017, con igual domicilio a los efectos legales ;
    RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16- actuación Nº 18- intimó a la firma de obrados a presentar ante el servicio el permiso por cartelería;
    2º) que por lo expuesto, se informa que la sanción que corresponde aplicar es de UR 8 (Unidades reajustables ocho), según lo que, a tales efectos establece el Artículo Nº 3, Numeral 16 del Decreto 21.626 de fecha 23/IV/84, Resolución Nº 2287/13- decreto Nº 18984;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma TATA SA, RUT: 210003270017, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2560, con igual domicilio a los efectos legales, por la falta de presentación del permiso de cartelería ante el servicio.-
    2.- -Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 .-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Carlos Curbelo,Concejal