Resolución N° 181/17/0113 | Nro de Expediente:
2016-3240-98-001272.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
6/9/2017 |
Tema:
Multas
Resumen:
Aplicar una multa de UR 2 a la firma RAPESUR SA, RUT: 212677100015, por vertimiento de aguas servidas hacia la vía pública, en la calle Jose L. Terra Nº 2431/33. Expediente: 2016-3240-98-001272.-
Montevideo, 6 de Setiembre de 2017.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca ubicada en la calle Jose L. Terra Nº 2431/33, propiedad de la firma RAPESUR SA, RUT: 212677100015, con domicilio a los efectos legales en Av. 18 de Julio Nº 1866/1101 ;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó el vertimiento de aguas servidas hacia la vía pública;
2º) que ante lo constatado, se solicita la aplicación de una multa de UR 2 (Unidades Reajustables dos), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, artículo 4, numeral 5, de fecha 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma RAPESUR SA, RUT: 212677100015, con domicilio a los efectos legales en la calle Av. 18 de Julio Nº 1866/1101, una multa de UR 2 (Unidades Reajustables dos) por haberse constatado vertimiento de aguas servidas hacia la vía pública provenientes de la finca sita en la calle José L. Terra Nº 2431/33.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 3 .- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Carlos Curbelo,Concejal | |
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