Resolución N° 4/12/0115
Nro de Expediente:
3330-013815-11
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/1/2012


Tema:
VARIOS

Resumen:
Solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo se adjudique con carácter precario y revocable el predio de propiedad municipal empadronado con el Nº 72.423, sito con frente a la calle San Gabriel Nº 4025, al Sr. Marcelino Gómez, C.I. Nº 3:865.311-4, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 2735/11 del 20/VI/11.-

Montevideo, 18 de Enero de 2012.-
 
          VISTO: estas actuaciones relacionadas con el predio de propiedad municipal empadronado con el Nº 72.423, sito con frente a la calle San Gabriel Nº 4025;
          RESULTANDO: 1º) que el Sr. Marcelino Gómez, C.I. Nº 3:865.311-4, solicita continuar con la custodia del referido predio, que le fue concedida en el año 2001, para el cuidado del terreno e impedir construcciones irregulares sobre el mismo a través del cerramiento con un muro;
          2º) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, informa que el predio objeto de estas actuaciones se encuentra en óptimas condiciones bajo la custodia del Sr. Marcelino Gómez;
          3º) que la Asesora Jurídica de este Municipio informa que de acuerdo al numeral 1º, apartado V de la Resolución Nº 2735/11 del 20/VI/11, la decisión sobre la cesión, custodia u otorgamiento de derechos respecto a bienes departamentales, debe elevarse a consideración del Ejecutivo Departamental;
          CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo se adjudique con carácter precario y revocable el predio de propiedad municipal empadronado con el Nº 72.423, sito con frente a la calle San Gabriel Nº 4025, al Sr. Marcelino Gómez, C.I. Nº 3:865.311-4, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 2735/11 del 20/VI/11.-
        2º.- Establecer que se condiciona su adjudicación a mantener el predio libre de intrusos e impedir construcciones en el mismo, quedando sin efecto la misma una vez que las obras previstas de continuación de la Avda. Costanera del Cerrito impongan su utilización, sin más trámite.´-
        3º.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 y pase a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde (I).-

CLAUDIO VAZQUEZ,Concejal Municipal