Resolución N° 85/16/0115
Nro de Expediente:
2016-0015-98-000081
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/9/2016


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 25/16/0115 del 13 de abril del presente año, Postirel S.A..-

Montevideo, 7 de Setiembre de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a pizzería y bar, sito en la Avda. Gral. Flores Nº 4150, propiedad de POSTIREL S.A., R.U.T. 21 465741 0015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 25/16/0115 del 13/IV/16 se aplicó una multa de 20 U.R., teniendo en cuenta que se encontraba en trámite la habilitación de Regulación Alimentaria y de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que se presenta la interesada solicitando se revea y se desestime la multa;
        3º) que la Abogada Asesora de este Municipio, informa que: a) se presento recurso de reposición y apelación en subsidio interpuesto por Postirel S.A; b) desde el punto de vista formal, se considera que los recursos fueron interpuestos en tiempo de conformidad con el principio de informalismo a favor del administrado, atento a que se carece de información respecto a la fecha de notificación de la mencionada resolución y fecha de presentación del escrito recursivo; c) desde el punto de vista sustancial de las actuaciones resulta que le asiste razón al recurrente, la información que da mérito a la resolución no fue debidamente actualizada en forma previa a la adopción de la resolución lo que hizo incurrir en error al Gobierno Municipal, por lo expuesto correspondería hacer lugar al recurso de reposición presentado dejando sin efecto la sanción impuesta;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en su sesión del 7 de setiembre del presente año, por unanimidad entiende conveniente proveer de conformidad con lo solicitado;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 25/16/0115 del 13 de abril del presente año, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión del Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, a sus efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

GUSTAVO GALARZA,Concejal Municipal (I)