Resolución N° 46/19/0115
Nro de Expediente:
2016-3320-98-000186
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/2/2019


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 37 U.R y otra de 6 U.R. al Sr. Luis Sergio Piñeiro, RUT 21 347814 0015, propietario del establecimiento destinado a depósito y prueba de garrafas de supérgas, sito en Cno. Benito Berges Nº 4153.-

Montevideo, 20 de Febrero de 2019.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito y prueba de garrafas de supérgas, sito en Cno. Benito Berges Nº 4153, propiedad del Sr. Luis Sergio Piñeiro, RUT 21 347814 0015;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 45/16/0115 del 1º de junio del 2016, se aplicaron dos multas de 25 U.R. y 6 U.R. y pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local ;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 sugiere la aplicación de una multa de 37 U.R por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1 de la Sección XIII y otra de 6 U.R. por infracción al Art. 5, inc.a), numeral 1º de la Sección IV, del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen
        las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 37 U.R (treinta y siete unidades reajustables) y otra de 6 U.R. (seis unidades reajustables) al Sr. Luis Sergio Piñeiro, RUT 21 347814 0015, propietario del establecimiento destinado a depósito y prueba de garrafas de supérgas, sito en Cno. Benito Berges Nº 4153, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

JOSE LUIS MACHADO,Concejal Municipal (S)