Resolución N° 100/22/0115
Nro de Expediente:
2018-3330-98-001153
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/9/2022


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. a la Sra. Gabriela Nardachone Fregenal, c.i. 1.687.100-5, propietaria del inmueble sito en la calle Joanicó Nº 3810 apto 304, empadronada con el Nº 409488, con domicilio en la calle Francisco Muñoz Nº 134 apto 2 a los efectos legales, por no realizar las obras necesarias para eliminar las filtraciones a finca sito en la calle Joanicó Nº 3810 apto 204, empadronada con el Nº 409488;

Montevideo, 21 de Setiembre de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la calle Joanicó Nº 3810 apto 304, empadronada con el Nº 409488, propiedad de la Sra. Gabriela Nardachone Fregenal, c.i. 1.687.100-5;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó en reiteradas oportunidades a la titular del bien a realizar una prueba de pérdidas en desagües de las cañerías de su propiedad, certificadas por Arquitecto o Ingeniero Civil actuante, para detectar pérdidas en instalación y realizar las obras necesarias para eliminar las filtraciones a finca sito en la calle Joanicó Nº 3810 apto 204, empadronada con el Nº 409488;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la Sra. Gabriela Nardachone Fregenal, c.i. 1.687.100-5, propietaria del inmueble sito en la calle Joanicó Nº 3810 apto 304, empadronada con el Nº 409488, con domicilio en la calle Francisco Muñoz Nº 134 apto 2 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HECTOR VIDAL,Concejal Municipal