Resolución N° 69/19/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-001485
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/3/2019


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 2 U.R a Frigorífico Centenario S.A., RUT 21 030835 0014, con domicilio en la calle Pesaro Nº 3037, por no retiro de los elementos de la vereda.-

Montevideo, 27 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la situación de la ocupación de la vereda en el predio, sito con frente a la calle Pésaro Nº 3037, propiedad de Frigorífico Centenario S.A., RUT 21 030835 0014;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 32/18/0115 del 2 de mayo del 2018, se le aplicó una multa de 1 U.R., por no dar cumplimiento al retiro de los elementos de la vereda;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere, la aplicación de una multa de 2 U.R., según lo que establece el Art. 4, Literal b, numeral 5 y los Arts. 21 y 22 del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 (1era. Reincidencia);
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que correponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R (dos unidades reajustables) a Frigorífico Centenario S.A., RUT 21 030835 0014, con domicilio en la calle Pesaro Nº 3037, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal