Resolución N° 87/19/0115
Nro de Expediente:
2018-3320-98-000286
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/5/2019


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. al Sr. Julio Cesar Cervino Castro, C.I. 1.8833110-2, propietario del padrón Nº 426.083, sito en el Solar 72 Manzana F con frente a la calle Benito Berges Nº 3780.-

Montevideo, 15 de Mayo de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita con frente a la calle Benito Berges Nº 3780, predio empadronada con el Nº426.083, Solar 72 Manzana F, (ex Barrio en Condominio Nº 3) propiedad del Sr. Julio Cesar Cervino Castro, C.I. 1.883.110-2;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Tierras y Viviendas informa que: a) el padrón Nº 426.083 se encuentra regularizando por Expediente Nº 2017-9770-98-000183 y b) en el mismo surge que el titular de derechos es el Sr Julio Cesar Cervino Castro, C.I. Nº 1.883.110-2;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 10, solicitó en reiteradas oportunidades a los titulares del bien realizar las obras necesarias para realizar el encauzamiento de la totalidad de las aguas residuales de su vivienda, hacia pozo negro impermeable, atendiendo a su vez el remate de la cubierta liviana en techo sobre muro lindero, el cual no cuenta con canalón que recoja las aguas pluviales por lo que las mismas también se presume puedan filtrarse hacia padrón lindero;
        3º) que ante el incumplimiento de las sucesivas intimaciones realizadas se sugiere, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 ;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr. Julio Cesar Cervino Castro, C.I. 1.883.110-2, propietario del padrón Nº 426.083, sito en el Solar 72 Manzana F con frente a la calle Benito Berges Nº 3780, (ex Barrio en Condominio Nº 3) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejal Municipal