Resolución N° 80/18/0115
Nro de Expediente:
2018-0015-98-000353
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2018


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Propuesta de donación formulada por el Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia, de equipos en desuso adquiridos en el Plan Ceibal.-

Montevideo, 25 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la propuesta de donación formulada por el Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia, de equipos en desuso adquiridos en el marco del Plan Ceibal;
        RESULTANDO: que la Abogada Asesora de este Municipio informa: que a) el Art. 19 de la Ley 19.272, establece que la gestión de los Municipios se financiará, entre otras, con las donaciones que se le realicen, que podrán ser destinados a las obras o servicios que el mismo decida; b) en consecuencia, el Gobierno Municipal está habilitado para recibir donaciones simples, dándoles el destino que decida, con las limitaciones establecidas en el TOCAF; c) en cuanto a las donaciones modales, la Ley Orgánica No. 9.515 (art. 35 numeral 22) dispone que son competencia del Intendente y requieren acuerdo del órgano legislativo departamental, previo dictamen fiscal y d) por tratarse de una propuesta de donación de bienes muebles en desuso, que no tienen valor de comercialización, se sugiere la aceptación de la propuesta de acuerdo al convenio que luce en la actuación número 3;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende conveniente proveer de conformidad con lo informado;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente Contrato de Donación de Material Obsoleto a celebrarse entre el Gobierno Municipal D y El Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia: en los siguientes términos: En la ciudad de Montevideo, el …...........: POR UNA PARTE: El Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia (en adelante Centro Ceibal), representado en este acto por.......................................... POR OTRA PARTE: el Gobierno Municipal D, (en adelante el beneficiario), representado por.................., con domicilio en Avenida General Flores 4750 de esta ciudad, quienes convienen: PRIMERO: Antecedentes: 1) El Centro Ceibal ha propuesto al Municipio D, la donación del equipamiento adquirido en el marco del Plan Ceibal hoy en desuso, por estar en estado obsoleto, que se detalla en el Anexo I. 2) El Gobierno Municipal D, por Resolución ......., de fecha......, aceptó la referida propuesta, disponiendo que los mencionados equipos sean destinados al Centro Cívico Luisa Cuesta, encomendando a la Alcaldesa la suscripción del correspondiente contrato. SEGUNDO: El Centro Ceibal dona al beneficiario, que acepta, la propiedad del equipamiento adquirido en el marco del Plan Ceibal y en desuso por estar en estado obsoleto, que se detalla en el Anexo I el cual, debidamente firmado por las partes, forma parte del presente contrato. TERCERO: El beneficiario declara conocer y aceptar el estado del equipamiento donado, que no existen repuestos para éstos y declara que, una vez recibido el mismo, exonera de toda responsabilidad al Centro Ceibal por cualquier hecho o daño derivado de su uso, manejo y cuidado, siendo el beneficiario propietario y responsable exclusivo de los mismos. El beneficiario será el responsable de la disposición final del equipamiento conforme exige la normativa vigente y, en cuanto esto no fuera posible, se obliga a entregarlos al Centro Ceibal para su disposición final. CUARTO: El Centro Ceibal responde de su calidad de propietario de los equipos que dona. QUINTO: Las partes constituyen domicilio a todos los efectos a que pueda dar lugar el presente en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. Y, para constancia se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicado ut-supra.-
        2º.- Delegar en la Alcaldesa del Municipio la suscripción del contrato de Donación de Material Obsoleto que precede.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División de Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios Centros Comunales Zonales Nºs. 10 y 11, y al Centro Cívico Luisa Cuesta y pase al Despacho para la notificación correspondiente, cumplido vuelva al Sector Acuerdo de este Municipio para la formalización del presente Contrato y





        demás efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal