Resolución N° 23/22/0115
Nro de Expediente:
2020-3330-98-000268
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/4/2022


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. al Sr. Daniel Esteban Molina Atay, c.i. 4.261.622, propietario del inmueble sito en la calle Juan Jacobo Rouseau Nº 3528 casa A, empadronada con el Nº 70932, con domicilio en la calle Veracierto Nº 2720 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 20 de Abril de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la calle Juan Jacobo Rouseau Nº 3528 casa A, empadronada con el Nº 70932;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó al titular del bien, Sr. Daniel Esteban Molina Atay, c.i. 4.261.622 a reparar la instalación de desagües, canalización y grasera, hacia cámara común, de tal forma que no se produzcan desbordes ni filtraciones hacia los sectores comunes, que están afectando a los demás propietarios, avalando todas las pruebas y reparaciones por técnico o profesional registrado ante la IM;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        - 2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr. Daniel Esteban Molina Atay, c.i. 4.261.622, propietario del inmueble sito en la calle Juan Jacobo Rouseau Nº 3528 casa A, empadronada con el Nº 70932, con domicilio en la calle Veracierto Nº 2720 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HÉCTOR VIDAL,Concejal Municipal