Resolución N° 225/18/0115
Nro de Expediente:
2017-3330-98-000783
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/12/2018


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R a los Sre. Daniel JAROSZ PIROG, C.I. Nº. 1.217.994-6 con domicilio en la calle Corumbé Nº 4374 y Juan Andrés JAROSZ PIROG, C.I 780.973, con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 2161 apto. 501, por falta de limpieza en el predio Padrón Nº 73844.-

Montevideo, 26 de Diciembre de 2018.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la denuncia de falta de limpieza y mantenimiento en el predio Padrón Nº 73844, sito en la calle Corumbé Nº 4374;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa en Actuación Nº 6, que el padrón pertenece a la Sra. Wiera o Viera PIROG PAVLEIUK, y a los Sres. Daniel JAROSZ PIROG, C.I. Nº. 1.217.994-6 y Juan Andrés JAROSZ PIROG, C.I 780.973;
        2º) que los propietarios fueron intimados por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a realizar limpieza total y permanente del predio, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 1 U.R., según lo que establecen los Art. 19, Literal b, Sección III, del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) a los Srs. Daniel JAROSZ PIROG, C.I. Nº. 1.217.994-6 con domicilio en la calle Corumbé Nº 4374 y Juan Andrés JAROSZ PIROG, C.I 780.973, con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 2161 apto. 501, con iguales domicilios a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a los infractores y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal