Resolución N° 269/19/0115
Nro de Expediente:
2018-3330-98-000111
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/12/2019


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R a las Sras. Gladys Susana Caserza Hernández, C.I. 1.456.710-5, María del Carmen Caserza Hernández 1.591.109-2, Elba Mary Caserza Hernández 1.357.261-8 y el Sr. Juan Manuel Caserza Hernández, C.I. 2.560.523-5, por no realizar limpieza total y permanente del predio.-

Montevideo, 18 de Diciembre de 2019.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la denuncia de falta de limpieza y mantenimiento en el predio Padrón Nº 161.071, sito en el Cno Cap. Tula Dufort y el Pje 4 de Junio;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa en Actuación Nº 6 del expediente electrónico Nº 2018-3330-98-000111, que el padrón pertenece por sucesión de Artigas Caserza, fallecido el 31 de Octubre de 2002 a la Sras. Elba Hernández Mato, CI 2.560.206-7, Mirta Yolanda, C.I. 1.317.725-6, Sonia Raquel C.I. 1.591.109-2, ( ambas residentes en el exterior) Gladys Susana, C.I. 1.456.710-5, María del Carmen C.I. 1.706.886-7 y Elba Mary C.I. 1.357.261-8 y el Sr. Juan Manuel , C.I. 2.560.523-5, Caserza Hernández;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa: a) en Actuación Nº 29 del expediente electrónico Nº 2018-3330-98-000111, que Elba Hernández Mato falleció el 9 de abril de 2012 y b) los propietarios fueron intimados a realizar limpieza total y permanente del predio, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 1 U.R., según lo que establece el Art. 4, Literal B, numeral 19 de la Sección III, del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) a las Sras. Gladys Susana Caserza Hernández, C.I. 1.456.710-5, María del Carmen Caserza Hernández 1.591.109-2, Elba Mary Caserza Hernández 1.357.261-8 y el Sr. Juan Manuel Caserza Hernández, C.I. 2.560.523-5, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a los infractores y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal