Resolución N° 49/21/0115
Nro de Expediente:
2020-3330-98-000451
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/6/2021


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. al Sr Jorge Ricardo Pereira Eguez C.I. 1.821.140-5, por no realizar las reparaciones necesaria a los efectos de eliminar las humedades que perjudican a la finca sita en la calle Estanislao Vega Nº 3614 apto. 6.-

Montevideo, 2 de Junio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la calle Estanislao Vega Nº 3614 apto. 6, empadronado con el Nº 181706;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó al titular del bien, Sr Jorge Ricardo Pereira Eguez C.I. 1.821.140-5, a realizar las reparaciones necesarias en la precitada finca, a los efectos de eliminar las humedades y filtraciones de agua hacia los espacios habitables del bien, que comprometen la habitabilidad e higiene del mismo;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        - 2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;




        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr Jorge Ricardo Pereira Eguez C.I. 1.821.140-5, propietario de la finca empadronada con el Nº 181706, sito en la calle Estanislao Vega Nº 3614 apto. 6, con domicilio en la calle José J. Olmedo Nº 4090 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

SILVIA BONINO,Concejal Municipal