Resolución N° 50/13/0115
Nro de Expediente:
0015-002482-13
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/6/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo que delegue en el Gobierno Municipal D, la competencia para autorizar la contratación de la cooperativa “Redes” debidamente acreditada ante el Ministerio de Desarrollo Social, para prestar servicios en el territorio del Municipio D.-

Montevideo, 5 de Junio de 2013.-
 
        VISTO: la necesidad de contar con los servicios de una cuadrilla de barrido manual y una cuadrilla polifuncional, para el mantenimiento de la zona que no tiene barrido mecánico dentro del territorio de este Municipio;
        RESULTANDO: 1º) que se tuvo en cuenta el listado de Cooperativas Sociales del MIDES y se recibió una propuesta de trabajo de la cooperativa social, denominada: “Redes”, que satisface las expectativas de este Municipio, para dar pronto cumplimiento a las tareas requeridas, de acuerdo a las condiciones que lucen de fs. 1 a fs. 2 de estas actuaciones;
        2º) que el Artículo 33, numeral 3), literal S’ del TOCAF habilita la contratación directa para contratar servicios a cargo de una cooperativa social debidamente inscripta en el Ministerio de Desarrollo Social, hasta el monto establecido por la Licitación Abreviada;
        CONSIDERANDO: 1º) que de acuerdo con la política social de empleo que viene llevando a cabo la Intendencia y en concordancia con el "Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos", aprobado por la Intendencia, que en su apartado "Por más oportunidades Laborales" expresa: "Contribuir a la promoción de políticas de fomento de empleos de carácter social, sin discriminaciones de género, y con salarios dignos, a través de canales de coordinación con los principales actores involucrados en el ámbito laboral y la realización de experiencias en la propia Intendencia"; que la contratación de cooperativas sociales, se inscribe en el marco de generación de fuentes de trabajo hacia la concreción del Uruguay productivo, en el marco de una política social de empleo, por la cual las cooperativas incorporen herramientas de perfeccionamiento productivo que colaboren a mejorar el proyecto de vida colectivo, las tareas ofrecidas son necesarias para este Municipio;
        2º) que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 1º numeral XIV del Decreto Departamental No. 33.322, del 26 de abril de 2010 y el apartado II del Artículo 1º de la Resolución No. 3642/10 del 6 de agosto de 2010, los Gobiernos Municipales pueden disponer gastos de hasta el doble de la licitación abreviada, en su calidad de ordenador secundario;
        3º) que sin perjuicio de dicha competencia, el Artículo 33, numeral 3 establece que las contrataciones directas por excepción deberán ser autorizadas por el ordenador primario, que podrá delegar en el ordenador secundario dicha competencia, en los casos que determine fundadamente;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO D
        RESUELVE:
        1º.- Solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo que delegue en el Gobierno Municipal D, la competencia para autorizar la contratación de la cooperativa “Redes” debidamente acreditada ante el Ministerio de Desarrollo Social, para prestar servicios en el territorio del Municipio, de acuerdo a las especificaciones que lucen de fs. 1 a fs. 2 de estas actuaciones.-
        2º.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y pase a Secretaría General a sus efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal