Resolución N° 91/16/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-000637
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/9/2016


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 45 U.R., a la empresa GASALA S.A., con número de RUT 21 141824 0017, propietaria del establecimiento destinado a embotelladora de agua y refrescos, sito en la calle Burgues Nº 3844, con domicilio asimismo en la calle Rafael Hortiguera Nº 4066, por falta de habilitación municipal.-

Montevideo, 21 de Setiembre de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a embotelladora de agua y refrescos, sito en la calle Burgues Nº 3844, propiedad de la empresa GASALA S.A., con número de RUT 21 141824 0017, con domicilio también en la calle Rafael Hortiguera Nº 4066;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar las habilitaciones municipales, que autoricen el funcionamiento del referido local;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 45 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 (1era. Reincidencia);
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende por mayoría que corresponde proceder a la aplicación de la multa, con el voto en contra del Concejal Sr. Nestor Paipo;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 45 U.R. (cuarenta y cinco unidades reajustables), a la empresa GASALA S.A., con número de RUT 21 141824 0017, propietaria del establecimiento destinado a embotelladora de agua y refrescos, sito en la calle Burgues Nº 3844, con domicilio asimismo en la calle Rafael Hortiguera Nº 4066, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

JOSE LUIS MACHADO,Concejal Municipal (I)