Resolución N° 99/14/0115
Nro de Expediente:
0015-001864-14 / 1001-008039-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/7/2014


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente Contrato a celebrarse entre el Gobierno Municipal D y la Asociación Civil "Unidos por los Niños".-

Montevideo, 30 de Julio de 2014.-
 
          VISTO: estos obrados relacionados con la gestión promovida por la Asociación Civil "Unidos por los niños", a los efectos de la obtención de un predio para poder desarrollar las actividades de la Asociación;
          RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que la precitada Asociación atiende a niños y niñas de la zona que están vinculados en su mayoría a la Escuela de la FUNSA, por lo que se propone ceder el uso del Mercadito de Villa Española, ubicado en las calles Vazquéz Cores y Suñer y Capdevilla, ya que estratégicamente el lugar de enclave del Mercadito es muy adecuado para poder seguir afianzando la tarea que llevan adelante;
          2º) que con fecha 9 de julio de 2014, el Gobierno Municipal por unanimidad toma conocimiento y considera solicitar a la Dra. Mónica Martínez la realización de un proyecto, concediendo el uso con carácter precario y revocable, del inmueble de propiedad municipal referido;
          3º) que la Abogada Asesora de este Municipio, confecciona un proyecto de convenio que luce de fs. 11 a fs. 13 del expediente 0015-001864-14, a lo que la precitada Asociación prestó su conformidad la que luce a fs. 14 de estas actuaciones;
          CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en su sesión del día 30 de julio del presente año por unanimidad aprueba la realización de un convenio en el que se conceda el derecho de uso con carácter precario y revocable de las instalaciones del Mercadito de Villa Española a la Asociación Civil "Unidos por los niños";
          4º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
          EL GOBIERNO MUNICIPAL D
          RESUELVE:
          1º.- Aprobar el siguiente Contrato a celebrarse entre el Gobierno Municipal D y la Asociación Civil "Unidos por los Niños": CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo, el …. de ....., entre POR UNA PARTE: El Municipio D (en adelante el Municipio), representado en este acto por su Alcaldesa señora Sandra Nedov, con domicilio en Av. General Flores Nº 4694.- POR OTRA PARTE: La Asociación Civil “Unidos por los Niños” (en adelante la Asociación), RUT…, representada en este acto ...................................., con domicilio en …., quienes han convenido la celebración del siguiente convenio: PRIMERO.- ANTECEDENTES: 1) La Intendencia de Montevideo es propietaria del mercado minorista sito en el barrio Villa Española, en la intersección de las calles Vázquez Cores esquina Suñer y Capdevilla de esta ciudad, cuya administración corresponde al Municipio, según Resolución de aquélla número 3642/10; 2) La Asociación considera de interés la utilización del mencionado mercadito y sus instalaciones para el cumplimiento de su objeto social.- SEGUNDO.- A esos efectos el Municipio D adjudica a la Asociación Civil “Unidos por los Niños”, con carácter precario y revocable, el derecho de uso del edificio y las instalaciones del citado Mercado, para su utilización como centro educativo en cumplimiento de su objeto social.- TERCERO.- La Asociación asume las siguientes obligaciones: 1) Realizar las reparaciones locativas necesarias para el correcto funcionamiento del centro educativo. 2) Tomar a su cargo los gastos de custodia y mantenimiento del local. 3) Hacerse cargo del pago de los consumos de UTE, OSE y ANTEL, así como otros servicios que puedan instalarse.- 4) No permitir que el local sea utilizado como vivienda de persona alguna. 5) No realizar construcciones, reformas, demoliciones ni ampliaciones sin autorización expresa del Municipio D. 6) No ceder este contrato ni subarrendar las instalaciones. 7) Permitir el uso por parte del Municipio D y el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para actividades con la comunidad, previa coordinación y sin afectar las actividades del centro. CUARTO.- La Asociación asume la responsabilidad jurídica y económica que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades que desarrollará en dicho local, así como la obtención de las habilitaciones que le sean requeridas de conformidad con el rubro a explotar.- QUINTO.- El contralor del cumplimiento de las condiciones del presente convenio estará a cargo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11.- SEXTO.-: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- SÉPTIMO.- La mora en el cumplimiento de las obligaciones pactadas se operará de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial ni gestión particular alguna, por el solo vencimiento de los plazos fijados o por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo pactado.- OCTAVO.-: Las partes aceptan desde ya como válidas las notificaciones e intimaciones que se realicen como consecuencia de este otorgamiento, mediante telegrama colacionado con nota de retorno, dirigido a los domicilios especiales constituidos, sin perjuicio de otros medios fehacientes de notificación o intimación.- Para constancia, y en señal de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha antes indicados.-
          2º.-Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación , al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 y pase al Sector Acuerdo a los efectos de la firma del precitado Convenio, cumplido pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a los efectos que tome conocimiento.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal