Resolución N° 8/23/0115
Nro de Expediente:
2022-3320-98-000541
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/1/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una sanción a los Srs. Juan Pino Erosa, C.I. Nº 3.169.434 y Germán Martínez Feijoo C.I. Nº 4.970.517.-

Montevideo, 18 de Enero de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con los funcionarios Sr. Juan Pino Erosa, C.I. Nº 3.169.434 y Sr. Germán Martínez Feijoo C.I. Nº 4.970.517, que cumple tareas en el Sector Operativo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº10;
        RESULTANDO: 1º) que a) la Jefa Coordinadora Operativa (i) Sra. Adriana Rodríguez informa que se registraron hechos de violencia y agresión en el espacio común del sector mencionado entre los funcionarios el día 13 de diciembre del 2022 a las 12:30 hrs aproximadamente y b) el Director del Servicio Sr. Milton Costa, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo R.124 del Volumen II del Procedimiento, del Libro II del Procedimiento Administrativo del Digesto Departamental, procedió a realizar la información de urgencia correspondiente, tendiente a individualizar a los posibles autores y tomar declaración a los testigos;
        2º) que la Abogada Asesora del Municipio Dra. Mónica Martínez informa que a) de acuerdo a la confesión de los protagonistas no guardaron la debida compostura en las dependencias de la Institución, manteniendo una conducta irrespetuosa y agresiva entre ellos, b) de conformidad con lo dispuesto por el numeral XIII del articulo 1º de la Resolución Nº 3642/10 de la Intendencia de Montevideo, del 9 de agosto de 2010, la potestad disciplinaria sobre los funcionarios asignados a los gobiernos municipales y centros comunales zonales de su dependencia corresponde al Gobierno Municipal, que puede aplicar sanciones de suspensión hasta un máximo de 20 días, c) los funcionarios habrían incurrido en varias faltas disciplinarias tipificadas como leves (R.423.2 apartados e y h), con la circunstancia agravante prevista en el R.423.7 apartado g para el caso de Juan Pino Erosa (a quien se asignaron tareas y responsabilidades de Jefatura Operativa), por lo que la sanción a aplicar a ambos podría establecerse entre la observación verbal y los 14 días de suspensión, d) corresponde otorgar vista previa a los funcionarios con el plazo de 3 días para que presenten los descargos que consideren del caso y e) cumplido, se seguirá con el procedimiento dispuesto en el articulo R.423.12 del Volumen III del Digesto Departamental;
        3º) el Director del Servicio Sr. Milton Costa sugiere que corresponde aplicar una sanción de suspensión por el término de tres días sin goce de sueldo al funcionario Sr. Germán Martínez Feijoo y una sanción de suspensión por el término de cinco días sin goce de sueldo al funcionario Sr. Juan Pino Erosa;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de las sanciones sugeridas;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014,donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales; 
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE
        1º.- Suspender por el término de 3 (tres) días al funcionario Sr. Germán Martínez Feijoo C.I. Nº 4.970.517, perteneciente al Sector Operativo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº10, por conducta violatoria de los deberes funcionales, pasible de sanción disciplinaria de acuerdo a lo establecido en el Artículo R.423.2 apartado e y h del Volumen III del Digesto Departamental.-
        2º.- Suspender por el término de 5 (cinco) días al funcionario Sr. Juan Pino Erosa, C.I. Nº 3.169.434, perteneciente al Sector Operativo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº10, por conducta violatoria de los deberes funcionales, pasible de sanción disciplinaria de acuerdo a lo establecido en el Artículo R.423.2 apartado e y h y R.423.7 apartado g del Volumen III del Digesto Departamental.-
        3º.- Las suspensiones serán cumplidas a partir del primer día hábil de la semana siguiente a las notificaciones a los funcionarios, salvo que por razones de servicio se determine otras fechas para no resentir el trabajo.-
        4º.-Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a la División Administración de Personal, al Servicio de Liquidación de Haberes y a la Unidad Información de Personal y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº10, para la notificación a los funcionarios a sus efectos.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HECTOR VIDAL,Concejal Municipal

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal