Resolución N° 145/15/0115
Nro de Expediente:
3330-023006-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2015


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 30 U.R. al Sr. Tommaso Ricardo Mondelli Sangiovanni, C.I. Nº 1.404.797-7, propietario de la finca empadronada con el Nº 143.530, de la calle Pesaro Nº 3028 por humedades.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca empadronada con el Nº 143530, sita en la calle Pesaro Nº 3078
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó al titular del bien Sr. Tommaso Ricardo Mondelli Sangiovanni, C.I. Nº 1.404.797-7, con notificación en la Avda. Dr. Luis A. De Herrera Nº 3030, para realizar las reparaciones necesarias en la precitada finca, a los efectos de eliminar las humedades y filtraciones de agua hacia los espacios habitables del bien, que comprometen la habitabilidad e higiene del mismo;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 30 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal aprueba por la mayoría de sus integrantes la aplicación de la sanción, constando en Acta lo resuelto;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las



        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 30 U.R. (treinta unidades reajustables) al Sr. Tommaso Ricardo Mondelli Sangiovanni, C.I. Nº 1.404.797-7, propietario de la finca empadronada con el Nº 143.530, sita en la calle Pesaro Nº 3078, con domicilio en la Avda. Dr. Luis A. De Herrera Nº 3030, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

NESTOR PAIPO,Concejal Municipal