Resolución N° 217/13/0111
Nro de Expediente:
3360-011020-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/9/2013


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCIÓN

Resumen:
Dejar sin efecto la multa de U.R. 37, correspondiente a falta de habilitación Declaración Jurada Microempresa, de la Resolución No. 183/13/0111 de fecha 20 de agosto de 2013,

Montevideo, 23 de Setiembre de 2013.-
 
      VISTO: la Resolución No. 183/13/0111 de fecha 20 de agosto de 2013;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar una multa de U.R. 37 (unidades reajustables treinta y siete) y otra de U.R. 22 (unidades reajustables veintidós) , en carácter de primera reincidencia, a la empresa Parsec S.A., R.U.T. 21 268741 0017, titular del establecimiento destinado a casa de deportes, sito en la Av. Agraciada No. 3913 por falta de habilitación Municipal y de la Dirección Nacional de Bomberos;
      2o.) que con fecha 20 de marzo de 2013 la mencionada empresa presenta documentación dónde consta que la habilitación correspondiente a Declaración Jurada Microempresa está en trámite;
      CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL A
      RESUELVE
      1. Dejar sin efecto la multa de U.R. 37, correspondiente a falta de habilitación Declaración Jurada Microempresa, de la Resolución No. 183/13/0111 de fecha 20 de agosto de 2013, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 para notificar a la empresa y proseguir trámite de intimación a los propietarios.-
Gabriel Otero,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A