Resolución N° 196/18/0111
Nro de Expediente:
2016-0011-98-000066
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/9/2018


Tema:
MULTA VERTIMIENTO LIQUIDOS RESIDUALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco), en carácter de tercer reincidencia, al Sr. William César Castillo Falero, C.I. 1.388.007-3

Montevideo, 19 de Setiembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de líquidos residuales a la vía pública del inmueble padrón No. 147.259, sito en la calle Carlos María Herrera No. 849, propiedad del Sr. William César Castillo Falero, C.I. 1.388.007-3, con domicilio a efectos legales en Carlos María Herrera No. 852;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 14, solicitó en repetidas oportunidades al responsable de la finca al cese de vertimiento de aguas residuales;
        2o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución No. 350/15/0111 del 23/XII/2015;
        3o.) que se aplicó multa por este motivo en carácter de primer reincidencia a través de la Resolución No. 43/17/0111 del 30/I/2017;
        4o.) que se aplicó multa por este motivo en carácter de segunda reincidencia a través de la Resolución No. 2/18/0111 del 10/I/18;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 25, en carácter de tercer reincidencia, según lo establece el Articulo 16, Numeral 5, Inciso C, Sección XIII, y Articulo 22, Sección XIII del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco), en carácter de tercer reincidencia, al Sr. William César Castillo Falero, C.I. 1.388.007-3, responsable de la finca sita en la calle Carlos María Herrera No. 849, padrón No.147.259, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución, con domicilio a efectos legales en Carlos María Herrera No. 852.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar al infractor.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A