Resolución N° 220/18/0111
Nro de Expediente:
2017-3360-98-000151
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/10/2018


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la Sra. Belkis Saravia, C.I. 1.074.772-3

Montevideo, 22 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las filtraciones provenientes de la finca sita en la calle Rivera Indarte No. 4072 apto. 1 (unidad 002), de la cual es propietaria la Sra. Belkis Saravia, C.I. 1.074.772-3, con domicilio a efectos legales en Rodolfo Rincón No. 490 apto. 004;
        RESULTANDO: 1o.) que en Inspecciones Profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, se comprobó filtraciones hacia la finca lindera, sito en la calle Rivera Indarte No. 4072 apto. 2 (unidad 003);
        2o.) que se intimó a los responsables a realizar los trabajos necesarios en su propiedad a fin de evitar filtraciones a la finca lindera;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en Artículo 3º, numeral 12, Inciso A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la Sra. Belkis Saravia, C.I. 1.074.772-3, propietaria del la finca sita en la calle Rivera Indarte No. 4072 apto. 1 (unidad 002), con domicilio a efectos legales en la calle Rodolfo Rincón No. 490 apto. 004, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a la infractora.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A