Resolución N° 10/12/0111
Nro de Expediente:
3390-011775-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/1/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7.4205 (unidades reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) , a la Sr. Tarcisio Torrens, C.I. 1.529.269-9, titular del establecimiento destinado a compra y venta de cartón y chatarra, sito en la calle Puerto Rico No. 3983

Montevideo, 5 de Enero de 2012.-
 

        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a compra y venta de cartón y chatarra, sito en la calle Puerto Rico No. 3983, propiedad del Sr. Tarcisio Torrens, C.I. 1.529.269-9;
        RESULTANDO: 1o.) que actualizándose información se comprueba que pese a los plazos concedidos y las sanciones aplicadas anteriormente, no se ha presentado la documentación habilitante ( habilitación municipal);
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7.4205, por reincidencia, al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 14, inc. A, sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 7.4205 (unidades reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) , a la Sr. Tarcisio Torrens, C.I. 1.529.269-9, titular del establecimiento destinado a compra y venta de cartón y chatarra, sito en la calle Puerto Rico No. 3983, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A