Resolución N° 103/11/0111
Nro de Expediente:
3360-005364-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2011


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con setenta y ocho mil ochenta diezmilésimas) , al Sr. Gustavo Caraballo, C.I. 2.741.135-9, propietario de la vivienda sita en la calle Bernardo de Guzman No. 23

Montevideo, 3 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de humedades de la vivienda sita en la calle Bernardo de Guzmán No. 23 , propiedad del Sr. Gustavo Caraballo, C.I. 2.741.135-9, domiciliado en la calle Julián Laguna No. 4797 apto. 101;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el 17 de junio de 2010 se comprobó que dicha vivienda presentaba problemas de humedades que afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Bernardo de Guzmán No.21;
        2o.) que se intimó al Sr. Gustavo Carballo a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la vivienda de la calle Bernardo de Guzmán No.21;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19.7880 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con setenta y ocho mil ochenta diezmilésimas) , al Sr. Gustavo Caraballo, C.I. 2.741.135-9, propietario de la vivienda sita en la calle Bernardo de Guzmán No. 23 , por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A