Resolución N° 185/14/0111
Nro de Expediente:
4360-014602-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/8/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a las SRA. LILIÁN MERY TECHERA VILLAR, C.I. 1.657.514, propietaria de la vivienda sita en la calle Pedro Giralt No. 4581

Montevideo, 2 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de humedades de la vivienda sita en la calle Pedro Giralt No. 4587,ocasionados por la vivienda sita en la calle Pedro Giralt 4581, responsabilidad de las SRA. LILIÁN MERY TECHERA VILLAR, C.I. 1.657.514, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el Servicio Centro Comunal No. 14, se comprobó que presentaba problemas de humedades que afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la Pedro Giralt No. 4587;
        2o.) que se intimó a la responsable de la finca a realizar los trabajos necesarios a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II, Inciso A, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a las SRA. LILIÁN MERY TECHERA VILLAR, C.I. 1.657.514, propietaria de la vivienda sita en la calle Pedro Giralt No. 4581, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A