Resolución N° 14/17/0111
Nro de Expediente:
2016-3360-98-000215
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/1/2017


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), en carácter de segunda reincidencia por falta de limpieza, y otra de U.R. 3 (unidades reajustables tres), en carácter de primer reincidencia por ocupación de vereda, a la Sra. Ana Rosa Nogueira, C.I. 1.524.234

Montevideo, 12 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene y la ocupación de vereda del predio empadronado con el No. 159098, ubicado en la calle Atanasildo Suárez No. 269, propiedad de la Sra. Ana Rosa Nogueira, C.I.1.524.234;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal No. 14 surge que el padrón No. 159098 carece de limpieza del predio y la ocupación de vereda la que impide la buena circulación de peatones, intimándose a regularizar la situación;
        2o.) que se aplicó multa por falta de limpieza a través de la Resolución No.124/15/0111, del 28 de Mayo de 2015;
        3o.) que se aplicó multa en carácter de primer reincidencia por falta de limpieza y otra por ocupación de vereda a través de la Resolución No. 353/15/0111, del 28/12/2015;
        4o.) que ante el incumplimiento de la limpieza del predio, se solicita la aplicación de una multa de U.R.4 a el titular de obrados, en carácter de segunda reincidencia, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, literal B,
        Numeral 1, Sección II, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;

        5o.) que ante el incumplimiento de liberar la vereda ocupada, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3 en carácter de primer reincidencia a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 53, del Decreto No. 19023, del Artículo D.590, del Volumen V, del Digesto Municipal y Artículo 12, Literal B, y art. 22, sección XIII del Decreto 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), en carácter de segunda reincidencia por falta de limpieza, y otra de U.R. 3 (unidades reajustables tres), en carácter de primer reincidencia por ocupación de vereda, a la Sra. Ana Rosa Nogueira, C.I. 1.524.234, propietaria del padrón No. 159098, ubicado en la calle Atanasildo Suárez No.269.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A