Resolución N° 211/12/0111
Nro de Expediente:
3390-014205-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/10/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) , al Sr. Ramón Ortega, C.I. 3.249.223-1, titular del establecimiento destinado a almacén y puesto de frutas y verduras, sito en la Av. Carlos María Ramírez No.1635

Montevideo, 25 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a almacén y puesto de frutas y verduras, sito en la Av. Carlos María Ramírez No.1635, propiedad del Sr. Ramón Ortega, C.I. 3.249.223-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 17 con fecha 2 de julio de 2012 se comprobó que el establecimiento carece de habilitación municipal, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.8940 por segunda reincidencia, a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 14, inc. A, sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) , al Sr. Ramón Ortega, C.I. 3.249.223-1, titular del establecimiento destinado a almacén y puesto de frutas y verduras, sito en la Av. Carlos María Ramírez No.1635, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A