Resolución N° 117/11/0111
Nro de Expediente:
3360-008011-09
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/8/2011


Tema:
MULTA FALTA DE CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3.9576 (unidades reajustables tres con nueve mil quinientos setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas), a la Sra. María Díaz Bernardo, C.I. 1.358.759-2 y al Sr. Roberto Mato Pardiñas, C.I. 1.153.325-4, propietarios del predio empadronado con el No. 39904, ubicado en Antonio Zubillaga No. 167

Montevideo, 22 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cercado del predio empadronado con el No. 39904, ubicado en Antonio Zubillaga No. 167, propiedad de la Sra. María Díaz Bernardo, C.I. 1.358.759-2 y del Sr. Roberto Mato Pardiñas, C.I. 1.153.325-4, domiciliados en Potosí No. 1693;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó a la Sra. María Díaz Bernardo y al Sr. Roberto Mato Pardiñas a la limpieza y cercado del predio de su propiedad y de la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 con fecha 30 de marzo de 2011 surge que no se dio cumplimiento a lo intimado;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.3.9576 y otra de U.R. 9.8940 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 6, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84 y Artículo 6, numeral 19, Decreto 23372, respectivamente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 3.9576 (unidades reajustables tres con nueve mil quinientos setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas), a la Sra. María Díaz Bernardo, C.I. 1.358.759-2 y al Sr. Roberto Mato Pardiñas, C.I. 1.153.325-4, propietarios del predio empadronado con el No. 39904, ubicado en Antonio Zubillaga No. 167, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A