Resolución N° 105/21/0111
Nro de Expediente:
2017-3360-98-000009
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/6/2021


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), al Sr. Elio Ruggiero Tenore, C.I. 1.173.180 y la Sra. María del Carmen González Villar, C.I. 1.272.978

Montevideo, 22 de Junio de 2021.-
 
Montevideo, 10 de Junio de 2021.-
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento y limpieza del predio empadronado con el No. 105.318, ubicado en la calle José Llupes No. 4924, del cual son responsables el Sr. Elio Ruggiero Tenore, C.I. 1.173.180 y la Sra. María del Carmen González Villar, C.I. 1.272.978, con domicilio a efectos legales en la calle Aureliano Rodríguez Larreta No. 2667;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No.14 surge que el predio de referencia, padrón No. 105.318, carece de mantenimiento y limpieza, intimando a los responsables a regularizar la situación, a efectos de subsanar la afectación a predios linderos;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 2, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4º, Literal B, Numeral 1, Sección III del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), al Sr. Elio Ruggiero Tenore, C.I. 1.173.180 y la Sra. María del Carmen González Villar, C.I. 1.272.978, responsables del predio padrón No. 105.318, ubicado en la calle José Llupes No. 4924, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución, con domicilio a efectos legales en la calle Aureliano Rodríguez Larreta No. 2667.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a los infractores.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A