Resolución N° 19/12/0111
Nro de Expediente:
3360-011701-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/1/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 14.8410 (unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez con diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (unidades reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas), al Sr. Robinson Kavedjian Apikian, C.I. 852.903-8, RUT 21 521655 0018, titular del establecimiento destinado a bazar, sito en la calle Avda. Agraciada No. 4041.

Montevideo, 18 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a bazar, sito en la calle Avda. Agraciada No.4041, propiedad del Sr. Robinson Kavedjian Apikian, C.I. 852.903-8, RUT 21 521655 0018,, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección del 12 de octubre de 2011 realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 se comprobó que el establecimiento carece de las habilitaciones municipales correspondientes y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 14 8410 y otra de U.R. 4.9470 respectivamente a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 14, Literal A, Numeral I Sección XIII, del Decreto No. 21.626 y Art. 3º Numeral 20 Sección II respectivamente;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14.8410 (unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez con diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (unidades reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas), al Sr. Robinson Kavedjian Apikian, C.I. 852.903-8, RUT 21 521655 0018, titular del establecimiento destinado a bazar, sito en la calle Avda. Agraciada No. 4041, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A