Resolución N° 156/15/0111
Nro de Expediente:
3360-009356-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/6/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONEXION A SANEAMIENTO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), a la Sra. María Magdalena Coronel Porfilio, C.I. 1.503.996-7, responsable de el inmueble padrón No.128221/002, sito en Emancipación No. 4879 bis Apto. 2

Montevideo, 15 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de conexión al saneamiento del padrón 128221/002, sito en Emancipación No. 4879 bis Apto. 2, del cual es responsable la Sra. María Magdalena Coronel Porfilio, C.I. 1.503.996-7, con domicilio a los efectos legales en Teniente Coronel Euclides A. Salari No. 3454;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 se intimó a la Sra. María Magdalena Coronel Porfilio a realizar la conexión al saneamiento de la finca padrón Nº 128221/002;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R .10 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 16, Numeral 1º, Apartado 2, Literal A, Sección XIII, del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), a la Sra. María Magdalena Coronel Porfilio, C.I. 1.503.996-7, responsable de el inmueble padrón No.128221/002, sito en Emancipación No. 4879 bis Apto. 2, con domicilio a efectos legales en Teniente Coronel Euclides A. Salari No. 3454, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A