Resolución N° 167/16/0111
Nro de Expediente:
2016-336-98-000088
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/10/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la Sra. HAIGANUSH BOUROUSOUZIAN RODRIGUEZ, C.I. 1.035.808-9, responsable del predio empadronado con el No.159.628

Montevideo, 12 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta cerramiento, y de limpieza del predio empadronado con el número 159.628, sito en José Prat No.5207, del cual es responsable la Sra. HAIGANUSH BOUROUSOUZIAN RODRIGUEZ, C.I. 1.035.808-9, con domicilio a las efectos legales en la Calle Nicaragua No.1293;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 14 surge que el padrón No.159.628 carece de limpieza y cerco, intimando a la responsable a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 2, por falta de limpieza según lo establece Artículo 4º, Literal B, Numeral 1º, Sección III, y otra multa de U.R. 4 por falta de cerco, según lo establece el artículo 3º, numeral 6, Sección II, del Decreto 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la Sra. HAIGANUSH BOUROUSOUZIAN RODRIGUEZ, C.I. 1.035.808-9, responsable del predio empadronado con el No.159.628, ubicado en la calle José Prat No.5207, con domicilio a efectos legales en la calle Nicaragua No. 2595, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación a la infractora y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A