Resolución N° 100/18/0111
Nro de Expediente:
2018-5231-98-000030
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/5/2018


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE)

Montevideo, 19 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza del predio, sito en la calle Esmeralda entre las calles Juan José Aguiar y Capitán Florencio, del cual es responsable la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE);
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 intimó a la limpieza del predio (desmalezamiento de las vías férreas), bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 2 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, Literal B, Numeral 1º, Sección III del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE), responsable de la limpieza del predio, sito en la calle Esmeralda entre las calles Juan José Aguiar y Capitán Florencio, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, y pase al Departamento de Secretaría General a efectos de notificar a la Administración de Ferrocarriles del Estado.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A