Resolución N° 18/12/0111
Nro de Expediente:
3410-005452-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/1/2012


Tema:
OBRA SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 14.8410 (unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez con diezmilésimas), a la Sra. Johana Da Costa, C.I. 3.075.776-6 propietaria del inmueble sito en Eduardo Paz Aguirre No. 2216.

Montevideo, 18 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la demolición sin permiso en el inmueble padrón Nº 159526 sito en la calle Eduardo Paz Aguirre No.2216, propiedad de la Sra. Johana Da Costa, C.I. 3.075.776-6 , con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 6 de julio de 2011 se constata una demolición, la cual no tiene Permiso de Construcción de acuerdo a la reglamentación vigente;
        2o.) que en reiteradas oportunidades se intimó a la persona a la presentación del Permiso de Construcción que habilite las obras realizadas;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 14.8410 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 15, Numeral B, Sección XIII del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14.8410 (unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez con diezmilésimas), a la Sra. Johana Da Costa, C.I. 3.075.776-6 propietaria del inmueble sito en Eduardo Paz Aguirre No. 2216, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A