Resolución N° 70/17/0116
Nro de Expediente:
2016-9065-98-000036
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/4/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica multa de 7 U.R. a la empresa unipersonal Catalina Berisso, propietaria del establecimiento destinado a delivery rotisería, sito en la calle Orinoco Nº 4911, por carecer de las habilitaciones de los Servicios de Locales Comerciales e Industriales y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 1ra. Reincidencia.

Montevideo, 6 de Abril de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a delivery rotisería, sito en la calle Orinoco Nº 4911, propiedad de la empresa unipersonal Catalina Berisso, C.I. Nº 4.341.413-7, RUT 217783130120;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7, se pudo comprobar que carece de las habilitaciones de los Servicios de Locales Comerciales e Industriales y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 1ra. Reincidencia, intimándosele a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 7 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 7 U.R. (siete unidades reajustables) a la empresa unipersonal Catalina Berisso, C.I. Nº 4.341.413-7, RUT 217783130120, propietaria del establecimiento destinado a delivery rotisería, sito en la calle Orinoco Nº 4911, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL