Resolución N° 211/16/0116
Nro de Expediente:
2016-3280-98-000017
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/9/2016


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Aplicar multa U.R 4 por falta de higiene en el predio padrón Nº 182962, sito en la calle Samuel Blixen Nº 4392, propiedad de la firma Sierra Larga S.A, R.U.T 212106080012

Montevideo, 12 de Setiembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, relacionadas con el Padrón N° 182962, ubicado en la calle Samuel Blixen Nº 4392, propiedad de la firma Sierra Larga S.A, R.U.T. 212106080012, con domicilio a los efectos legales en la calle Eduardo Victor Haedo Nº 2333;
        RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Servicio informa que el padrón de referencia se encuentra en malas condiciones de higiene, por lo que se intimó a la firma titular de obrados, a mantenerlo en condiciones aceptables, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción, según Decreto 21.626, Sección II, Artículo 3, Inciso 6 y Decreto Nº 4760/45, Arts. 1 y 7;
        2o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 eleva las actuaciones, solicitando la aplicación de una multa de U.R. 4, por no mantener las condiciones de higiene el padrón de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (Unidades reajustables cuatro) a la firma Sierra Larga S.A, R.U.T. 212106080012, en su calidad de propietaria del Padrón N° 182962 sito en la calle Samuel Blixen Nº 4392, con domicilio a los efectos legales en la calle Eduardo Victor Haedo Nº 2333, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL