Resolución N° 146/22/0116
Nro de Expediente:
2022-5231-98-002747
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/8/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a la empresa SS Sports S.A.D, por extracción indebida del ornato público en la calle Agustín Abreu Nº 2290.

Montevideo, 11 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: la extracción de ejemplar del ornato público realizada sin autorización, en la calle Agustín Abreu frente al Nº 2290, Padrón 26226, propiedad de la empresa AS Sports S.A.D; R.U.T 217530780019, con domicilio legal en la calle Caramuru Nº5633;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 entiende que correspondería aplicar una multa de 15 U.R. según Decreto Nº 21.626, Sección I, Art. 2º, apartado 2;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa AS Sports S.A.D R.U.T 217530780019, por extracción de un ejemplar del ornato público realizada sin autorización en la calle Agustín Abreu frente al Nº 2290, Padrón 26226, con domicilio legal en la calle Caramuru Nº5633.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL