Resolución N° 117/18/0116
Nro de Expediente:
2017-1235-98-000012
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/6/2018


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 40 U.R. a Brillacor S.A., por la demolición realizada sin el correspondiente permiso en el predio Padrón Nº 120.897, sito en la calle Pilcomayo Nº 5027.

Montevideo, 13 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: la demolición realizada sin el correspondiente permiso de las obras ubicadas en el predio empadronado con el Nº 120.897, sito en la calle Pilcomayo Nº 5027, propiedad de Brillacor S.A., RUT 217952130014;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 entiende que correspondería aplicar una multa de 40 U.R., según lo que establece el literal B, numeral 3º, Art. 15º del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 40 U.R. (cuarenta unidades reajustables) a Brillacor S.A., RUT 217952130014, por la demolición realizada sin el correspondiente permiso de las obras ubicadas en el predio empadronado con el Nº 120.897, sito en la calle Pilcomayo Nº 5027 con domicilio a los efectos legales en la calle Michigan Nº 1787 apto. 101.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL