Resolución N° 124/20/0116
Nro de Expediente:
2019-3290-98-000461
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2020


Tema:
MULTA AGUAS SERVIDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 al Sr. Vito Lamparielo Dimaio, C.I. 900.057-6, propietario de la finca sita en la calle Siracusa Nº 2403, por arrojar aguas servidas en la vía publica.-

Montevideo, 10 de Julio de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el inmueble empadronado con el Nº 188425, sito en la calle Siracusa Nº 2403 esquina Verona, propiedad del Sr. Vito Lamparielo Dimaio, C.I. Nº 900.057-6;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar el vertimiento de agua servida hacia la vía pública desde el citado inmueble, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 2 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 14, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R. (dos unidades reajustables) al Sr. Vito Lamparielo Dimaio, C.I. Nº 900.057-6, propietario del inmueble ubicado en el predio empadronado con el Nº 188425, sito en la calle Siracusa Nº 2403 esquina Verona, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL