Resolución N° 231/23/0116
Nro de Expediente:
2023-1238-98-000037
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/11/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a la empresa Energía Alternativa S.A.S., propietaria del establecimiento destinado a venta de equipos solares, sito en la calle Samuel Blixen Nº 4432, por carecer de habilitación municipal (del Servicio de Locales Comerciales e Industriales).-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el local comercial destinado a venta de equipos solares, ubicado en la calle Samuel Blixen Nº 4432, propiedad de la empresa Energía Alternativa S.A.S, R.U.T. 218 718 200 018;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal (Servicio de Locales Comerciales e Industriales), por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2o.) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626, Sec. XIII, Art. 14;
        3o.) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) a la empresa Energía Alternativa S.A.S, R.U.T. 218 718 200 018, propietaria del establecimiento comercial destinado a venta de equipos solares, ubicado en la calle Samuel Blixen Nº 4432, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL