Resolución N° 158/11/0116
Nro de Expediente:
3290-002604-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/5/2011


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 a la Sra. Estela Carcer, C.I. 1.499.352-6, por no conectarse a saneamiento.-

Montevideo, 12 de Mayo de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, relacionadas con el vertimiento de aguas servidas hacia la vía pública provenientes de la finca sita en la calle Gral. Máximo Tajes Nº 6615, propiedad de la Sra. Estela Carcer, C.I. 1.499.352-6, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Servicio informa que la finca de referencia no se encuentra conectada al saneamiento, por lo que se intimó en varias oportunidades a su propietaria a efectivizar dicha conexión, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción, informándosele que puede solicitar el 100% de los materiales necesario para poder realizar dicha conexión;
        2o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 eleva las actuaciones, solicitando la aplicación de una multa de U.R. 9,8940, por no conectarse a la red de saneamiento;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9,8940 (Unidades reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la Sra. Estela Carcer, C.I. No. 1.499.352-6, en su calidad de propietaria del inmueble sito en la calle Gral. Máximo Tajes No. 6615, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL