Resolución N° 222/16/0116
Nro de Expediente:
2016-1223-98-000012
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/9/2016


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 10 por vereda en mal estado frente a la calle José A. Cabrera Nº3602 al Club Social y Deportivo Estudiantes de la Unión, quien tiene la concesión de dicho predio - 2da reincidencia.-

Montevideo, 16 de Setiembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente a la calle José A. Cabrera Nº 3602, predio que tiene la concesión el Club Social y Deportivo Estudiantes de la Unión con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No.166/14/0116 de fecha 29/V/14 y 248/15/0116 de fecha 8/X/15), no se ha procedido a realizar las reparaciones correspondientes -2da. Reincidencia ;
        2o.) que los descargos presentados no fueron de recibo, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 10 (Unidades Reajustables diez), según lo establecido en el Art. D. 2179, del Volumen VII, Titulo II de las Veredas del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) al Club Social y Deportivo Estudiantes de la Unión, quien tiene la concesión del predio de la vereda frente a la propiedad sita en la calle José A. Cabrera Nº 3602, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al Club infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL