Resolución N° 159/15/0116
Nro de Expediente:
3290-005681-14
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/7/2015


Tema:
MULTA - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 38 al Arq. Juan Estavillo, C.I. 1.936.650-0, responsable de la finca sita en la calle Pitágoras Nº 5007, por no ajustar la barrera en las condiciones vigentes.-

Montevideo, 2 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la obra de la calle Pitágoras N° 5007, responsable Arq. Juan Estavillo, C.I. 1.936.650-0, con domicilio a los efectos legales en la calle Mar Mediterráneo N° 5902;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, se pudo comprobar que la obra tiene colocada una barrera la cual no se ajusta a las condiciones vigentes, según Decreto 21.626, Sección II, Art. 3, inc. b.
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 38 al responsable de obrados;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 38 (Unidades Reajustables treinta y ocho) al Arq. Juan Estavillo, C.I. 1.936.650-0, responsable de la obra en la calle Pitágoras No. 5007, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 8.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA.-

MARTHA ÁLVAREZ,CONCEJAL (I)